Accidente de Tráfico por el mal estado de la carretera: ¿A quién puedo denunciar?

En anteriores artículos hemos tratado numerosas veces la responsabilidad patrimonial de la Administración por ejemplo en caso de accidentes en piscinas públicas o bien por lesiones por caídas en la vía pública.

En el caso que hoy nos ocupa, es evidente que el responsable de la conservación de las carreteras va a ser siempre alguna Administración pública. Sin embargo, existen varios tipos de organismos administrativos que podrán ser responsables en caso de accidente de tráfico (Ayuntamientos, CCAA, Administración General del Estado…). Por ello, es fundamental determinar el tipo de carretera en la que se produjo el accidente, y de quién depende su conservación, para así poder determinar el órgano que deberá responder por el incumplimiento en los deberes de conservación, y así saber ante quién debemos dirigir nuestra reclamación.

Por poner un ejemplo:

El procedimiento sería igual que cualquier otro procedimiento administrativo: Habría que efectuar una reclamación administrativa previa (que no suele llegar a buen puerto) y posteriormente iniciar el procedimiento judicial contra la Administración.

Debemos tener en cuenta que en estos procedimientos (como en cualquier otro) hay que acreditar el nexo causal entre el mal estado de la carretera, la producción del accidente y los daños causados… Para ello, es habitual valerse de informes periciales de reconstrucción de accidentes que clarifiquen las circunstancias en las que éste se produjo.

Si no se consigue acreditar que el mal estado de la carretera fue el desencadenante que produjo el accidente y,  por el contrario se prueba que la causa del mismo fue, por ejemplo, cualquier otro fenómeno meteorológico; No puede hacerse responsable a la administración por algo que está fuera de su ámbito de control. Por ello, como en cualquier procedimiento judicial, la prueba es definitiva.

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