¿Qué hacer en caso de accidente de tráfico?
Desgraciadamente, y a pesar de la reducción de los accidentes que las estadísticas confirman año tras año, los accidentes de tráfico siguen produciéndose con mayor o menor gravedad, y es altamente probable que o bien seamos testigos, o bien nos veamos envueltos en alguno de ellos. Para entonces, es necesario tener unos conocimientos mínimos de qué hacer en este tipo de situaciones:
A) Si presenciamos un accidente:
1. Debemos parar y prestar ayuda a las víctimas, pues de lo contrario estaremos infringiendo el “deber de socorro” que se establece en el Art. 195 CP.
2. Si la situación lo requiere, lo primero es llamar a los servicios de emergencias (112) para que los accidentados reciban la atención médica adecuada, y los agentes de seguridad elaboren el correspondiente atestado.
3. Es conveniente esperar a que lleguen, y dejar el número de teléfono por si fuera necesaria nuestra declaración para el esclarecimiento de los hechos y también en caso de denuncia por accidente de tráfico.
4. El consejo más importante en los casos más graves, es no hacerse el héroe, pues una intervención errónea puede ser fatídica. Es preferible calmar a las víctimas y esperar a que lleguen los profesionales.
B) Si nos vemos envueltos en un accidente:
1. Lo más importante es mantener la calma. En ocasiones es muy difícil, puesto que estas situaciones nos someten a un estrés al que no estamos acostumbrados.
2. Es preferible llegar a un acuerdo con el resto de implicados, y rellenar un parte amistoso. Es imprescindible llevar estos impresos junto a los papeles del coche o moto. 3.- Si no fuera posible llegar a un acuerdo, habrá que llamar a los agentes del orden competentes (también sería válido el 112), para que elaboren un atestado.
3. Si por cualquier motivo, el/los otro/s implicado/s en el accidente de tráfico no quisieran colaborar, es preferible llamar a la policía para que nos ayude a resolver la situación.
4. En ocasiones, las lesiones producidas no se perciben en los momentos posteriores al accidente. Es conveniente acudir a urgencias lo antes posible, sobre todo si se pretenden reclamar los daños físicos, puesto que los informes médicos elaborados con posterioridad a las siguientes 48 horas después del accidente carecen de validez probatoria.
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