¿Cuáles son los baremos de indemnización por negligencia médica?

Una vez hemos determinado el error médico, y ha quedado manifiestamente claro el derecho a obtener una indemnización, habrá entonces que determinar la cuantía. A día de hoy, el baremo que sirve de guía para el cálculo de todo tipo de indemnizaciones por lesiones es el Baremo de Tráfico.

 

Hemos hablado multitud de veces de él, pero nunca está de más volver a repetir los 3 conceptos básicos para determinar la cuantía: Días impeditivos (o de baja); Días no impeditivos (precisos para la curación de las lesiones); Y secuelas (aquellas que se deriven de la negligencia que se reclama).

 

En el caso de las negligencias médicas, hay que destacar además algunos conceptos que no hemos resaltado en anteriores ocasiones:

1.- Los daños morales complementarios (que se aplican para secuelas muy graves, y que rondan los 100.000 €), y

2.- Las lesiones permanentes que incapaciten a la víctima para el desarrollo de su actividad laboral de forma definitiva (que han de acreditarse con una resolución dela Seguridad Social, y que rondan entre 100.000 y 200.000 €).

 

Por otro lado, es importante resaltar el concepto de indemnizaciones por muerte, las cuáles se ponderan en función de la edad de la víctima, y en función de la realidad familiar de la misma tras su muerte (cónyuge viudo, hijos menores, hijos mayores, etc…). En este sentido, debemos manifestar que pese a la injusticia que puede parecer, en la mayoría de los casos las cuantías son notablemente menores que las mencionadas con anterioridad. Este punto ha sido muy discutido por todos los expertos en la materia, pero finalmente el baremo indemniza más al incapacitado, que al fallecido.

 

De esta forma vemos que las cuantías indemnizatorias se fijan de igual forma que en los accidentes de tráfico, si bien es cierto, que es importante resaltar estos 3 conceptos indemnizatorios, puesto que son de constante aplicación en lo que a negligencias médicas se refiere.

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