Responsabilidad civil: ¿Qué es la Negligencia Médica?

En anteriores artículos hemos hablado de conceptos como la Responsabilidad Objetiva (por riesgo), o la Responsabilidad Subjetiva (por culpa). Ambos criterios, sustentan el sistema de Responsabilidad Civil, y e intensifican o reducen el grado de diligencia con el que el responsable ha de actuar. En el caso de las negligencias médicas, podemos hablar de una responsabilidad civil cuasi-objetiva, puesto que es necesaria la culpa o negligencia del médico, pero nos encontramos ante situaciones de notable riesgo, y que giran entorno a conceptos técnicos, de tal forma que son los propios médicos, quienes deben probar que actuaron con la debida diligencia (y no al revés).

El Art. 1902 del Código Civil establece que “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. ¿Qué debemos entender por negligencia? Pues es la omisión de los deberes de cuidado exigibles a una determinada persona. El nivel de cuidado exigible a un ciudadano corriente, no es el mismo que el exigible a un profesional, más aún cuando está en juego la salud de las personas. Por ello, los médicos han de extremar las precauciones en el desarrollo de su labor profesional, y por eso mismo, están obligados a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra el riesgo de tomar una mala decisión en un momento determinado, recetar una medicación equivocada, etc…

 ¿Cómo se determina el límite entre la diligencia y la negligencia médica? En estos casos, se tiene en cuenta los conocimientos técnicos, científicos y biológicos que están patentes en un momento determinado. Esto es lo que la doctrina y la jurisprudencia ha denominado como “Lex Artis” o las leyes de las artes. En el momento en el que un médico toma una decisión que es contraria a los conocimientos compartidos en esa materia por la comunidad científica, y se produce como consecuencia un resultado dañoso, es entonces cuando podemos hablar del concepto de negligencia médica.

No sólo los médicos están obligados a extremar la diligencia en sus actuaciones, sino que también otros profesionales como por ejemplo los abogados, los arquitectos, los ingenieros, etc… También debemos actuar conforme a las máximas deontológicas y científicas que configuran nuestras profesiones. Pero esto quizá deba ser objeto de análisis en el próximo artículo.

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