¿Puedo reclamar una indemnización por lesiones y caídas durante mis vacaciones?

Los Peligros de la Temporada Estival : caídas y lesiones durante las vacaciones

¿A quién puedo reclamar si me estropean mis vacaciones?

Todos los años, se hace especial hincapié en los riesgos que asumimos en los desplazamientos entre nuestros respectivos lugares de origen, y el destino de nuestras vacaciones. Lo cierto es que el riesgo de la conducción de vehículos a motor es manifiestamente elevado. Sin embargo, el hecho de exponernos durante un largo período de tiempo a actividades de ocio, o meramente lúdicas (como los diversos deportes que practicamos durante los meses de verano), pueden suponer un alto riesgo para todos nosotros, sobre todo, cuando quienes las practican son los más pequeños.

En primer lugar, hemos de tener en cuenta los Art. 1902 y 1903 del Código Civil, que sirven de base para delimitar el alcance de la responsabilidad de unos daños provocados de forma accidental. Y es que en multitud de ocasiones asumimos responsabilidades sin saber que los estamos asumiendo… ¿Quién no ha organizado una excursión al campo con sus hijos menores, y algunos de sus amigos, asumiendo plenamente los riesgos que ello puede conllevar? O ¿Quién no ha dejado jugar a su hijo con otros sin prestarle toda la atención requerida?

Pues bien, todas las situaciones de riesgo descritas tienen un responsable, puesto que estamos hablando de menores de edad, los cuáles requieren una especial atención debido a sus faltas en el avistamiento de los riesgos. Asimismo, aquellas personas que tengan encomendado un deber de cuidado (como por ejemplo, los socorristas, los monitores de actividades o campamentos…), también deberán responder de los sucesos acaecidos en el ámbito de su responsabilidad, salvo que consigan probar que actuaron con toda la diligencia exigible.

Por otro lado, también existen responsabilidades de la Administración (a nivel local, autonómico, y estatal), de forma que cualquier acontecimiento que genere un daño, como consecuencia de un funcionamiento normal o anormal de los servicios de la Administración, deberá ser indemnizado conforme al Art. 139 de la LRJ-PAC (Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Es decir, que si tropiezo con una acera en mal estado, y sufro unos daños, podré reclamar al Ayuntamiento una indemnización. También podrá reclamarse una indemnización si sufrimos un accidente como consecuencia del mal estado de conservación de una carretera, o si sufro una caída en la piscina municipal, etc…

Al igual que en cualquier procedimiento de reclamación es preciso acreditar los hechos producidos, mediante una asistencia de los servicios del 112 (por ejemplo); y acreditar las lesiones mediante el parte de urgencias, los partes de baja, los partes de rehabilitación… Todo ello será clave para conseguir una buena indemnización por lesión.

Como decíamos al principio, todos estos sucesos se ven acrecentados en las vacaciones de verano, sin embargo, muchos de ellos ocurren en el transcurso del año, y no por ello tienen una menor trascendencia. Es importante extremar las precauciones si no queremos llevarnos sorpresas. Pero si se produce el accidente, es también muy importante saber cuáles son nuestros derechos, y actuar en consecuencia.

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