¿Qué Plazos tengo para pedir una Indemnización por Negligencia Médica?
Como vimos en anteriores entradas, es importante conocer los diferentes tipos de Negligencias Médicas, así como saber qué es y qué no es Negligencia Médica. Sin olvidar que también lo es conocer el plazo para iniciar la reclamación de la indemnización.
Tanto en el Derecho Administrativo, como en el Derecho Civil, este tipo de reclamaciones han de ejercitarse en el plazo de un año. Pero ¿desde cuándo empieza a contar ese año? Pues no desde el momento en el que se produjo la negligencia, sino desde el momento en el que las lesiones se estabilizan, y se conoce el alcance de las mismas. Es decir, desde que se tienen claras las consecuencias de la negligencia, y por lo tanto se puede reclamar.
Por poner un ejemplo: Si me diagnosticaron de forma tardía un infarto de miocardio, me han tenido que operar en varias ocasiones, y finalmente me han quedado una serie de secuelas… En el momento en el que el médico determina las secuelas de forma definitiva, sin que previsiblemente vayan a cambiar, ese es el momento en el que comienza a contar el plazo de un año.
Este criterio se utiliza con carácter general y con mucha lógica, puesto que sólo cuando se conoce el alcance total de los daños, puede efectuarse la reclamación con conocimiento de causa. En el caso de las negligencias médicas, cobra aún mayor sentido ya que el proceso de curación suele ser largo y por tanto, fijar el inicio del plazo en el momento de producción de la negligencia en concreto, sería muy injusto.