¿Quiénes responden ante una negligencia médica?

En los primeros post, hemos explicado en qué consiste el concepto de negligencia médica, su alcance, sus tipos, qué hacer en caso de una actuación negligente, etc… Hoy veremos cómo varía el sujeto responsable según el ámbito de producción: No es lo mismo, aquellas negligencias médicas que se producen en un hospital privado, y bajo la supervisión de un médico que actúa como un profesional independiente; Que aquellas producidas en un hospital público, y bajo la supervisión de un médico que actúa como un funcionario público.

La diferencia de estas dos circunstancias, determina quién deberá responder finalmente por la actuación negligente:

  • Hospital Privado:

Cuando nos encontramos ante una negligencia provocada por un médico, la cuál se produce en el ámbito de la Sanidad Privada, y por lo tanto, mediante la actuación de un profesional que no depende de los servicios públicos, tendremos que iniciar un procedimiento Civil contra el médico en cuestión y contra cualquier otra empresa (Hospital, Aseguradora, etc…), o profesional que pudiera resultar responsable, en virtud dela Responsabilidad Civil.

  • Hospital Público:

Sin embargo, en el caso de que la negligencia médica se produjera en el ámbito de la Sanidad Pública, y por tanto, como consecuencia de la actuación de un funcionario público, que trabaja en un Hospital que depende de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma correspondiente, habría que iniciar un procedimiento de Reclamación de Responsabilidad Patrimonial dela Administración.

Cómo ya vimos en otras ocasiones, estos procedimientos se inician en Vía Administrativa (que podríamos decir que es un procedimiento “amistoso” con la Administración), y en multitud de ocasiones es preciso acudir a la Vía Contencioso-Administrativa, lo cuál supone un procedimiento judicial con todas sus características.

Por otro lado, también debemos resaltar que tanto si la negligencia se produce en el ámbito privado, como si se produce en el seno de la Sanidad Pública, podremos iniciar una acción de Responsabilidad Penal contra el médico en cuestión, en virtud de la cuál se le impondrá una multa, y en los casos más graves se le podrá inhabilitar para el ejercicio de sus funciones durante un tiempo prolongado. Además, la sentencia se pronunciará igualmente sobre la Responsabilidad Civil derivada de las lesiones. Estos procedimientos quedarán reservados para aquellos supuestos en los que el resultado dañoso sea especialmente grave, o la negligencia sea de una notable entidad.

En cualquiera de los dos casos, debemos tener en cuenta que tanto el médico que actúa en el ámbito privado, como aquel que lo hace en el público, suelen estar cubiertos por Seguros de Responsabilidad Civil, y por lo tanto, serán las aseguradoras quienes respondan en última instancia.

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