¿Se puede exigir la inhabilitación de un médico por negligencia médica?
En determinados supuestos, cuando el error médico que origina el daño se comete por imprudencia profesional o de forma dolosa, existe un reproche penal contra el médico, además de la responsabilidad civil, que siempre existe cuando se ha demostrado que una actuación negligente originó un resultado dañoso.
Como vemos, son muy concretos los supuestos en los que la Reclamación de inhabilitación de un médico por Negligencia Médica ha de efectuarse por la vía penal, no sólo porque el reproche penal opera exclusivamente en situaciones de especial gravedad, sino porque además, los hechos han de tener un soporte probatorio muy importante para quebrantar la presunción de inocencia que juega a favor del médico.
En este sentido, y dado que la inhabilitación del médico sólo puede provenir de una sentencia de condena penal, es evidente que ésta queda reservada para aquellos supuestos en los que:
- Existe una especial gravedad en la actuación del médico, llegado al grado de imprudencia o dolo; y
- Las pruebas son concluyentes para acreditar tanto la negligencia, como el daño.
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